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Regulación20 de octubre de 2026

Monedas de privacidad UE: qué cambia el 10 de julio de 2027

Desde el 10 de julio de 2027, el artículo 79 prohíbe las cuentas cripto anónimas en los proveedores. La ley no cita por su nombre qué monedas entran.

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El 10 de julio de 2027 empieza a aplicarse el Reglamento europeo contra el blanqueo de capitales (AMLR, Reglamento (UE) 2024/1624). Su artículo 79 establece que los bancos, las entidades financieras y los proveedores de servicios de criptoactivos ya no podrán mantener cuentas cripto anónimas ni cuentas que permitan ocultar las transacciones, «en particular mediante monedas que mejoran el anonimato». Al redactar este artículo, el 20 de octubre de 2026, faltan 263 días. El Reglamento no cita ninguna moneda por su nombre; qué monedas entran en el ámbito de la norma depende de la definición.

Monedas de privacidad en la UE, en resumen

  • Fecha: el Reglamento se adoptó el 31 de mayo de 2024 y se aplica directamente en todos los Estados miembros a partir del 10 de julio de 2027 (artículo 90).
  • Quién debe cumplirlo: bancos, entidades financieras y proveedores de servicios de criptoactivos (exchanges, custodios). La prohibición se dirige al proveedor, no a ti como titular.
  • Qué está prohibido: mantener cuentas cripto anónimas y cuentas que vuelvan anónimos al cliente o las transacciones, o que les den «mayor opacidad», «también mediante monedas que mejoran el anonimato».
  • Qué es una moneda que mejora el anonimato: un criptoactivo con funciones integradas para anonimizar los datos de las transferencias, «de forma sistemática u opcional» (artículo 2, apartado 1, punto 25).
  • Qué queda fuera de la prohibición: los proveedores de hardware y software y de wallets autoalojados, mientras no tengan acceso a esos wallets ni control sobre ellos (considerando 160).
  • Qué no hace el texto: no incluye ninguna lista de monedas ni ninguna disposición que prohíba su tenencia o su transferencia entre wallets propios.

Qué dice exactamente el artículo 79

El artículo 79, apartado 1, es el núcleo. Prohíbe a las entidades de crédito, a las entidades financieras y a los proveedores de servicios de criptoactivos mantener cuentas bancarias y de pago anónimas, libretas de ahorro, cajas de seguridad o cuentas cripto anónimas, así como «cualquier cuenta que permita la anonimización del titular de la cuenta o la anonimización o una mayor opacidad de las transacciones, en particular mediante monedas que mejoran el anonimato». Las cuentas anónimas ya existentes solo podrán utilizarse una vez identificado el cliente (diligencia debida con respecto al cliente).

Hay dos cosas que llaman la atención:

  1. El Reglamento habla de cuentas, no de tenencia. La prohibición recae sobre quien mantiene una cuenta o la custodia para un cliente. El considerando 160 dice que la prohibición no se aplica a los proveedores de hardware y software ni de wallets autoalojados, siempre que no tengan acceso a esos wallets ni ejerzan control sobre ellos.
  2. La definición es amplia. El artículo 2, apartado 1, punto 25, considera que una moneda mejora el anonimato si tiene funciones integradas para anonimizar los datos de las transferencias, «de forma sistemática u opcional». Eso deja margen para distinguir entre monedas con la privacidad siempre activada y monedas en las que es el usuario quien decide activarla.

Cronología

FechaQué
31 de mayo de 2024Adopción del Reglamento (UE) 2024/1624
19 de junio de 2024Publicación en el Diario Oficial de la UE
10 de julio de 2027El Reglamento pasa a ser aplicable, incluido el artículo 79, apartado 1
10 de julio de 2029Fecha de aplicación para las partes mencionadas en el artículo 3, puntos 3, letras n) y o) (artículo 90)

¿Qué cambia en un exchange?

Un exchange con autorización MiCA es un proveedor de servicios de criptoactivos y, por tanto, una de las partes a las que obliga la prohibición. Qué significa eso para su oferta depende de cómo apliquen la definición los supervisores. Tres escenarios, sin que haya todavía una respuesta firme:

  • Monedas con transacciones ocultas por defecto: encajan claramente en la descripción de anonimato «sistemático». Los exchanges tendrán que dejar de custodiarlas para sus clientes.
  • Monedas con privacidad opcional: según la letra de la definición, también entran en el supuesto «opcional». Si un exchange podría seguir ofreciendo la moneda cuando los clientes no usen la función de privacidad, el texto no lo dice.
  • Monedas sin función de privacidad integrada: bitcoin y ether no la tienen y, por tanto, no entran en la definición. A esas monedas sí se les aplican las normas generales de identificación.

Para las monedas de privacidad, esta es una discusión europea, no neerlandesa ni alemana. El Reglamento se aplica directamente, sin que un Estado miembro tenga que aprobar antes una ley. Ya escribimos antes sobre un ETP de Zcash en Euronext en 21Shares lanza un ETP de Zcash en Euronext, el ZEC supera los 1.500 $. Un producto cotizado es algo distinto de una cuenta en un exchange cripto; el artículo 79 trata de lo segundo.

Identificación a partir de 1.000 euros

El mismo Reglamento regula también cuándo debe identificarte un proveedor de servicios de criptoactivos. El artículo 19, apartado 3, letra a), dice que estos realizan la diligencia debida con respecto al cliente en una transacción ocasional de al menos 1.000 euros, ya sea en una sola operación o en varias vinculadas. Por debajo de 1.000 euros basta una forma más ligera de diligencia debida (artículo 20, apartado 1, letra a). Para quien ya tiene una cuenta, este umbral apenas cambia nada; para quien busca un intercambio rápido sin cuenta, desaparece la vía anónima.

¿Qué significa esto para ti como inversor europeo?

Si tienes monedas de privacidad en un exchange. Es de esperar que los exchanges revisen su oferta antes del 10 de julio de 2027. Si guardas ahora en un exchange monedas que entran en la definición, conviene que sepas cómo las trata y qué posibilidades de retirada hay.

Si gestionas tus propias claves. El texto de la prohibición se dirige a los proveedores que mantienen o custodian una cuenta. No se aplica a los proveedores de wallets autoalojados sin acceso al wallet (considerando 160). El Reglamento no prohíbe tener monedas en un wallet propio. Encontrarás más sobre la elección entre custodia en un exchange y autocustodia en cómo elegir un wallet cripto.

Si quieres saber con quién estás. Si un exchange puede ser proveedor de servicios de criptoactivos, lo compruebas en el registro de MiCA. Lo encontrarás en nuestro resumen de autorizaciones MiCA.

Impuestos. Este artículo no trata de impuestos. Cómo declarar en tu país las ganancias con monedas está en impuestos sobre cripto en Europa.

Lo que aún no está decidido

  • Qué monedas entran. El Reglamento no cita nombres. En la prensa se mencionan a menudo Monero y Zcash, pero el texto en sí no decide sobre monedas concretas.
  • Cómo se tratará la privacidad opcional. La definición menciona lo «opcional», pero no hemos encontrado en el texto cómo se aplica a una moneda que ofrece la privacidad como opción. Para eso hacen falta normas de desarrollo y práctica supervisora.
  • Qué harán los exchanges. Un exchange puede ir más allá del mínimo. No hemos encontrado ninguna fuente primaria que dé una fecha o una lista; lo que se publica al respecto es de segunda mano.
  • Periodo transitorio. El artículo 79, apartado 1, contiene una regla para las cuentas anónimas existentes (diligencia debida antes de usarlas), pero ningún periodo de retirada específico para las monedas que custodia un exchange.

Este artículo no constituye asesoramiento de inversión ni jurídico. Las criptomonedas pueden perder mucho valor y puedes perder toda tu inversión.

Preguntas frecuentes

¿Estarán prohibidas las monedas de privacidad en Europa a partir del 10 de julio de 2027?

No en cuanto a su tenencia. El artículo 79 prohíbe a los proveedores de servicios de criptoactivos mantener cuentas anónimas y cuentas con monedas que mejoran el anonimato. El texto no incluye ninguna prohibición para los particulares de tener esas monedas o de enviarlas entre wallets propios.

¿Se mencionan Monero y Zcash en la ley?

No. El Reglamento no cita ninguna moneda por su nombre. Da una definición de las monedas que mejoran el anonimato, con funciones que anonimizan los datos de las transferencias, «de forma sistemática u opcional».

¿Cuándo entra en vigor la norma?

El 10 de julio de 2027, según el artículo 90 del Reglamento (UE) 2024/1624.

¿Afecta también a bitcoin?

Bitcoin no tiene ninguna función de privacidad integrada para anonimizar los datos de las transferencias y, por tanto, no entra en la definición. Las normas generales de identificación para los proveedores sí se aplican.

¿Cuánto puedo cambiar sin identificarme?

En una transacción ocasional de al menos 1.000 euros, el proveedor de servicios de criptoactivos debe aplicar la diligencia debida con respecto al cliente (artículo 19, apartado 3). Por debajo de esa cifra se aplica una forma más ligera de diligencia debida.

Fuentes

Consultadas el 20 de octubre de 2026.

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